
Todos los trabajos que se realizan a niveles superiores de
los 2 metros de la superficie, a través de escaleras, andamios, sistema de
cuerdas. También se consideran trabajos
de Altura los que desarrollan en pozos y excavaciones que cumplan con el
criterio de los 2 metros.
Son ejemplos de trabajo en alturas: La construcción de edificios, su restauración o rehabilitación; la poda
de árboles, labores de limpieza, mantenimiento (cambio de bombilla en farolas,
colocación de placas en calles, etc.) y conservación urbana, entre otras
actividades, representan trabajos en altura y deben ser tratados, al menos
legalmente, como tales.
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